Sponsa Christi (en español: Esposa de Cristo) es una constitución apostólica del Papa Pío XII, emitida el 21 de noviembre de 1950, con ocasión de la fiesta de la Presentación. Aborda la vocación de la mujer consagrada y su compromiso místico con Cristo.[1]
Sponsa Christi | |||||
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Constitución apostólica del papa Pío XII 21 de noviembre de 1950, año XII de su Pontificado | |||||
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Español | «Esposa de Cristo» | ||||
Argumento | Sobre el crecimiento de la Sagrada Institución de las monjas y los estatutos generales de las mujeres consagradas. | ||||
Sitio web | Sponsa Christi | ||||
Cronología | |||||
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Documentos pontificios | |||||
Constitución apostólica • Motu proprio • Encíclica • Exhortación apostólica • Carta apostólica • Breve apostólico • Bula | |||||
Pío XII citó Sponsa Christi en la encíclica Sacra Virginitas del 25 de marzo de 1954, demostrando la importancia del oficio que los consagrados y consagradas desempeñan en la Iglesia.
La primera parte del documento trata sobre el desarrollo histórico de la vocación, de la virginidad y del desarrollo de los monasterios monásticos femeninos consagrados a la Iglesia primitiva, y en particular a la vida contemplativa. Pío XII describe las características de la vida consagrada de las mujeres y explica: «Gracias a su consagración por el obispo diocesano, adquieren un vínculo especial con la Iglesia, a la que dedican su servicio, incluso si permanecen en el mundo. Solas o en comunidad, representan una imagen escatológica especial de la esposa celestial y de la vida futura, cuando la Iglesia finalmente vivirá en abundancia el amor de su esposo Cristo».
Para las vírgenes consagradas, el servicio de la liturgia es esencial. La Palabra de Dios y la liturgia son las fuentes de las que las vírgenes consagradas deben beber, conocer la voluntad de Dios y unirse a Él en la libertad y en el amor. En la misma parte, el Papa establece las disposiciones relativas a los exámenes de las monjas. Esta constitución establece reglas fijas para las comunidades religiosas y también proporciona directrices para las mujeres consagradas que viven en el mundo.
La segunda parte especifica los estatutos válidos según el derecho canónico: