El Senado Consultivo de 1814 fue una asamblea unicameral chilena, creada el 17 de marzo de ese año, mediante el Reglamento para el Gobierno Provisorio de 1814. Corresponde al segundo senado de la historia institucional de Chile.
Senado Consultivo | |||||
---|---|---|---|---|---|
![]() | |||||
![]() | |||||
Localización | |||||
País |
![]() | ||||
Coordenadas | 33°02′52″S 71°36′20″O / -33.04788333, -71.60546111 | ||||
Información general | |||||
Creación | 17 de marzo de 1814 | ||||
Término | 23 de julio de 1814 | ||||
Tipo | Congreso Unicameral de la Patria Vieja de Chile | ||||
Composición | |||||
Miembros | 7 senadores | ||||
Mayoría de la cámara alta | Bando patriota | ||||
Grupos representados | Bando patriota (7) | ||||
Sucesión | |||||
| |||||
Estaba compuesta por 7 integrantes, todos del bando patriota, elegidos por la figura del Director Supremo, a partir de una propuesta realizada por la Junta de Corporaciones. Sus miembros tenían la calidad de Senadores y la duración en sus cargos era de dos años. El Senado Consultivo de 1814 contaba un Presidente y un Secretario, que debían ser renovados cada cuatro meses.
El tratamiento que recibían los Senadores era de "Señoría" y antes de iniciar labores como tales, debían realizar el juramento de fidelidad y sigilo, en manos del Director Supremo.
Capítulo DEL SENADO CONSULTIVO, Reglamento para el Gobierno Provisorio de 1814[1]
A partir de la propuesta de la Junta de Corporaciones, el Director Supremo Coronel Francisco de la Lastra nombró a los siguientes senadores como miembros del Senado Consultivo de 1814:
{{#coordinates:}}: no puede tener más de una etiqueta principal por página