El fletamento a casco desnudo (en inglés, bareboat charter) o arrendamiento de buque es un tipo de contrato del transporte marítimo. El Convenio de Naciones Unidas sobre Inscripción de Buques de Ginebra (UNCTAD), de 7 de febrero de 1986, definió, a partir de elementos jurídicos comunes a la mayoría de las legislaciones, el concepto de «arrendamiento a casco desnudo» como:
(...) un contrato de arrendamiento de un buque por un tiempo determinado, en virtud del cual el arrendatario tiene la posesión y el control plenos del buque, incluido el derecho de designar el Capitán y la tripulación por el período de arrendamiento.
Dentro del concepto de arrendamiento se incluye:
Como todo arrendamiento tiene una tarifa, denominada «flete», que suele cotizarse en dólares. El flete debe cubrir los costes del capital del buque.[3]