Villa y corte es una denominación histórica utilizada para designar Madrid, relacionada con la capitalidad de Madrid en el Antiguo Régimen.
El término surgió en la década de 1560 tras el traslado de la corte española de Toledo a Madrid, ordenado por Felipe II.[1]
En el ámbito político y jurídico el término cayó en desuso de forma paralela a la emergencia de los regímenes constitucionales españoles, especialmente desde 1837. Posteriormente se utilizaría la denominación en distintas publicaciones como: Historia de la villa y corte de Madrid (1867), de José Amador de los Ríos y Juan de Dios de la Rada[2] o Madrid viejo: crónicas, avisos, costumbres, leyendas y descripciones de la villa y corte en los siglos pasados (1887) de Ricardo Sepúlveda.
Según Miguel Artola el término designa la confluencia de dos sistemas institucionales, cada uno de ellos de difícil delimitación:
Esta confluencia daría lugar a distintos conflictos que durarían hasta la aparición de los regímenes constitucionales españoles en el segundo cuarto del siglo XIX.
Además Artola señala dos problemas principales de la confluencia de los dos sistemas institucionales: