La Regla Fiscal en Colombia es un mecanismo normativo establecido mediante la Ley 1473 de 2011[1], diseñado para garantizar la sostenibilidad de las finanzas públicas y mantener la estabilidad macroeconómica del país.
Las reglas fiscales son disposiciones que fijan límites y criterios para la gestión presupuestaria de un país, con el propósito de mantener la estabilidad y sostenibilidad de sus finanzas públicas. Aunque existen antecedentes previos, la primera aplicación formal de una regla fiscal en el mundo se atribuye a Alemania en 1982. En el contexto latinoamericano, Perú fue pionero en su adopción hacia el año 2000. Con el tiempo, su uso se generalizó; de acuerdo con datos del Fondo Monetario Internacional (FMI), en 1985 había seis marcos fiscales de este tipo y para 2021 el número había aumentado a 92,17 de ellas en América Latina, de acuerdo con el Fondo Monetario Internacional (FMI).[2]
El diseño de estas reglas varía de un país a otro, pero todas persiguen un objetivo común: evitar que el gasto público o el endeudamiento crezcan a niveles que comprometan la estabilidad económica futura. Entre las modalidades más habituales se encuentran los límites al déficit fiscal, las restricciones al nivel de deuda pública y los topes al crecimiento del gasto.
En Colombia, el interés por implementar una regla fiscal comenzó a mediados de la década de 2000. En 2007, la Comisión Independiente del Gasto Público[3] —creada por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público— sugirió que el Estado debía fortalecer su ahorro y reducir el déficit con el fin de bajar progresivamente la deuda pública.
Previo a la adopción de una norma de alcance nacional, ya se habían incorporado mecanismos de control fiscal en distintas leyes:
Finalmente, la Ley 1473 de 2011 formalizó la Regla Fiscal para el Gobierno Nacional Central. Esta disposición, basada en recomendaciones de un comité técnico creado en 2010, estableció que el déficit del gobierno no debía exceder el 1% del Producto Interno Bruto (PIB) a partir de 2022. Para facilitar su implementación, se fijó un periodo de transición con límites de 2,3% hasta 2014 y de 1,9% hasta 2018."[8]
El propósito es asegurar que el gasto estructural del Gobierno Nacional Central no supere el ingreso estructural, lo cual implica mantener el déficit estructural en niveles prudentes.[9] Por eso, se definieron metas intermedias de reducción del déficit: 2,3 % del PIB en 2014, 1,9 % en 2018, hasta alcanzar 1 % en 2022. A partir de ese año, el déficit estructural máximo quedó fijado en 1 % del PIB.[10]
La cláusula de escape es una disposición excepcional que permite suspender temporalmente estas restricciones en circunstancias extraordinarias que afecten significativamente la economía nacional, como una emergencia social, sanitaria o una desaceleración severa. Su activación requiere aprobación del Consejo Superior de Política Fiscal (CONFISCO) y un concepto técnico del Comité Autónomo de la Regla Fiscal (CARF).[1][14]
En junio de 2025, el CONFIS activó la cláusula de escape, permitiendo la suspensión de la regla fiscal por hasta tres años, como respuesta al deterioro de las finanzas públicas y para elevar la meta de déPIB, desde un objetivo previo de 5,1%. [15]
Categorías:Política fiscal de Colombia | Finanzas públicas de Colombia | Derecho financiero de Colombia | Derecho Tributario