El Registro Nacional de las Personas (RENAPER) es el organismo estatal que realiza la identificación y el registro de las personas físicas que se domicilien en el territorio o en jurisdicción de Argentina. Es un organismo autárquico y descentralizado, con dependencia del Vicejefatura de Gabinete del Interior, y ejerce jurisdicción en todo el territorio argentino.
Registro Nacional de las Personas | ||||
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RENAPER | ||||
![]() Registro Nacional de las Personas | ||||
Localización | ||||
País |
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Información general | ||||
Sigla | RENAPER | |||
Jurisdicción | Nacional | |||
Tipo | Ente autárquico | |||
Sede | Tte. Gral. Juan Domingo Perón 664, Buenos Aires | |||
Organización | ||||
Ministros | Guillermo Francos | |||
Director Nacional | Pablo Luis Santos (Ind.) | |||
Depende de | Secretaría del Interior de Argentina | |||
Entidad superior | Jefatura de Gabinete de Ministros | |||
Dependencias |
Dirección Nacional de Programación y Producción de DNI Dirección Nacional de Documentos de Viaje Dirección Nacional de Identificación Dirección Nacional de Población Dirección Nacional de Atención al Ciudadano Dirección Nacional de Planeamiento y Logística Documental Dirección General Técnica Jurídica Dirección General de Tecnología e Innovación en Identidad | |||
Empleados | 799 (2018) | |||
Presupuesto | ARG $ 3.738.807.571(2019)[1] | |||
Historia | ||||
Fundación | 29 de septiembre de 1948 | |||
Sucesión | ||||
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Sitio web oficial | ||||
El Renaper lleva el registro permanente y actualizado de los antecedentes personales de mayor importancia, desde el nacimiento ("partida de nacimiento") y a través de las distintas etapas de la vida, protegiendo el derecho a la identidad, de acuerdo a las inscripciones de los Registros Civiles provinciales, que gozan de autonomía.
El Renaper expide exclusivamente el Documento Nacional de Identidad (D.N.I.) y todos aquellos informes, certificados o testimonios de conformidad a la Ley 17.671, otorgados con base en la identificación dactiloscópica.
La sede central es en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en la calle Tte. Gral. Juan Domingo Perón 664.[2]
La producción y gestión de la distribución de los DNI, en la Planta de Prof. Dr. Pedro Chutro 2780, tiene certificación de política de la calidad bajo Norma IRAM - ISO 9001:2015.[3][4]
Hasta 1885 la responsabilidad del sistema de inscripción y registro de los datos de las personas recaía sobre la Iglesia católica, que mediante los “libros parroquiales” llevaba el registro de bautismos, matrimonios y entierros.
En 1885, durante la presidencia de Julio Argentino Roca, se creó el Registro Civil de la Ciudad de Buenos Aires y los Territorios Nacionales. La ley nacional entró en vigencia a inicios de 1886 y, desde entonces, el Estado comenzó a hacerse cargo de este registro.
La creación del Registro Civil en Argentina en 1885, durante la presidencia de Julio Argentino Roca, y las "Leyes Laicas" promulgadas en Chile entre 1883 y 1884, bajo el gobierno de Domingo Santa María, comparten una relación estrecha y un paralelismo significativo en el contexto de la secularización del Estado en América Latina durante el siglo XIX.
Los puntos clave de esta relación fueron:
La Ley 8.129, sancionada a fines del siglo XIX y principios del XX en Argentina, fue una respuesta directa a los problemas de fraude electoral que aquejaban al país. Su principal objetivo era crear la Libreta de Enrolamiento de Ciudadanos, un documento fundamental que buscaba modernizar y transparentar el sistema electoral.
Esta libreta estaba destinada a ciudadanos nativos y naturalizados mayores de 18 años. Cumplía una doble función crucial:
La normativa incluía algunas disposiciones particulares que reflejan las realidades de la época:
En síntesis, la Ley 8.129 representó un avance significativo en la consolidación de un sistema electoral más justo y en la organización del servicio militar en Argentina, sentando las bases para futuras reformas y garantizando una mayor participación ciudadana.
La Libreta Cívica para la mujer en Argentina fue creada como resultado de la promulgación de la Ley N.º 13.010 de Sufragio Femenino, sancionada el 23 de septiembre de 1947.
Esta ley, impulsada por el gobierno de Juan Domingo Perón y con un fuerte apoyo de Eva Perón, no solo otorgó a las mujeres el derecho a votar, sino que también estableció la obligación de empadronarse y, para ello, se creó la Libreta Cívica como su documento de identidad indispensable para todos los actos civiles y electorales.
Hasta ese momento, las mujeres argentinas no contaban con un documento de identidad nacional, y la Libreta Cívica vino a suplir esa necesidad, equiparándolas en derechos y obligaciones cívicas a los varones que poseían la Libreta de Enrolamiento.
Durante el primer gobierno de Juan Domingo Perón, en 1948, se sancionó la ley 13.482, que creó el Registro Nacional de las Personas (RENAPER).
En 1963 se dictó el decreto-ley 8.204, que estableció las actuales funciones del Registro del Estado Civil y de la Capacidad de las Personas, que son las de inscribir todos los actos y hechos que alteren o modifiquen el estado civil: nacimiento, matrimonio, defunción.
En 1968, durante el Gobierno del General Juan Carlos Onganía, se sancionó la ley 17.671 de “Identificación, Registro y Clasificación del Potencial Humano Nacional”. Asignó las competencias del RENAPER e instituyó el Documento Nacional de Identidad (DNI), vigente hasta la actualidad.