El Registro Nacional de Costa Rica es el órgano adscrito al Ministerio de Justicia y Paz de Costa Rica que se encarga de la actividad registral y geoespacial, así como de administrar las diferentes direcciones de registro bajo su dependencia, entre ellos, el Registro Inmobiliario, el Registro de Personas Jurídicas, el Registro de Bienes Inmuebles y el Registro de la Propiedad Intelectual.[1] Su actual titular es Fabiola Varela Mata.[2]
Registro Nacional de Costa Rica | ||
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Logotipo del Registro | ||
Sede del Registro | ||
Localización | ||
País | Costa Rica | |
Información general | ||
Jurisdicción | Costa Rica | |
Tipo | Órgano adscrito al Ministerio de Justicia y Paz | |
Sede | Ruta 215. 11505. Zapote, San José. | |
Organización | ||
Directora General | Fabiola Varela Mata | |
Subdirector General | Luis Gustavo Álvarez Ramírez | |
Depende de | Ministerio de Justicia y Paz | |
Dependencias | Instituto Geográfico Nacional (IGNCR). | |
Historia | ||
Fundación |
25 de agosto de 1969 28 de mayo de 1975 (denominación actual) | |
Sitio web oficial | ||
Los primeros registros de la creación de un organismo encargado del derecho registral en Costa Rica se remontan a 1841 con el Código General de Carrillo, que es el primero que hace referencia a un derecho hipotecario y la creación de un registro. En 1850, se promulga el Oficio de Hipotecas mediante el Decreto n.° 94, durante la administración de Juan Rafael Mora Porras. El 2 de septiembre de 1867, comienza a ejecutar sus funciones el Registro Público, creado dos años antes, en 1865.
El 25 de agosto de 1969, durante la administración de José Joaquín Trejos Fernández, y mediante la Ley de Bases del Registro Nacional, n.º 4384, se crea el Registro Nacional como dependencia del Ministerio de Gobernación y Policía, que une a las dos direcciones registrales creadas hasta entonces en el país y que funcionaban independientemente: el Registro de la Propiedad y el Registro Público. El 28 de mayo de 1975, se deroga la Ley anterior y se establece que el Registro Nacional estará dirigido por una Junta Administrativa, la cual tendrá personalidad jurídica, y sus funciones se establecen en el artículo 3 de esa Ley.
En 1978, el Registro Nacional es trasladado al Ministerio de Justicia y Gracia, lo cual queda debidamente instituido con la reforma a su Ley de creación, n.º 5695, mediante la Ley n.º 6934, del 28 de noviembre de 1983.[2]
El Registro Nacional de Costa Rica tiene, entre algunas de sus funciones, las siguientes:[3]
El Registro Nacional de Costa Rica tiene, entre algunas de sus funciones, las siguientes:[4]
Además cuenta con los siguientes órganos dependientes: