La Ley 21.732, que determina conductas terroristas y fija su penalidad,[1] más conocida como Ley antiterrorista, es una ley chilena mandata constitucionalmente a tipificar conductas o delitos terroristas y establecer sus penas.
Ley Antiterrorista | ||
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Ley N.º 21.732 que determina conductas terroristas, fija su penalidad y deroga la ley 18.314. | ||
Extensión teritorial |
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Legislado por | LVI periodo legislativo del Congreso Nacional de Chile | |
Referencia del diario oficial | {{{refD}}} | |
Historia | ||
Promulgación | 4 de febrero de 2025 | |
Firma | Gabriel Boric | |
Publicación | 12 de febrero de 2025 | |
Entrada en vigor | 12 de febrero de 2025 | |
Legislación relacionada | ||
Reemplaza | Ley Nº 18.314 | |
Legislación vigente | ||
Su origen esta en el Articulo 9° de la Constitución Política de la República de Chile de 1980 que establece al terrorismo “por esencia” como contrario a los derechos humanos y le prohíbe por 15 años a las personas condenadas ejercer cargos públicos (incluyendo postularse como candidato a elecciones populares), ni tener trabajos asociados a educación, les limita la libertad de expresión y de prensa y les prohíbe ser dirigentes sociales.
Así mismo, la Constitución mandata a la creación de una ley de mayoría absoluta de ambas cámaras para determinar las conductas terroristas y su penalidades adicionales a las señaladas por la Constitución.
Antes de la Constitución de 1980 y a posterior del Golpe de Estado en Chile de 1973 el terrorismo estaba sujeto a Justicia Militar, solo en 1984 la Junta Militar de Gobierno creo una legislación especifica que fue promulgada por Augusto Pinochet el 16 de mayo de 1984, siendo publicada en el Diario Oficial el 17 de mayo del mismo año.[1]
Desde sus orígenes fue muy criticada por su definición vaga de terrorismo, lo que permitía su aplicación amplia y arbitraria. Además, violaba derechos humanos al permitir la prisión preventiva sin plazo y el uso de tribunales militares para juzgar a civiles, lo que comprometía el derecho a un juicio justo. La ley se usó principalmente para reprimir a opositores políticos y movimientos sociales, vista como una herramienta autoritaria para silenciar la disidencia.
Al ser ley expresamente mandatada por la Constitución de 1980 en su articulo 9, no es posible suprimirla, sin embargo su versión original fue siendo ajustada en democracia al Debido proceso, continuando sus criticas, en especial, en el contexto de los enfrentamientos en la Araucanía entre Carabineros y la población de origen araucano.
La ley fue derogada el 23 de enero de 2025 y sustituida por una nueva versión nacida en democracia.
La Represión al Terrorismo en la Dictadura militar (Chile) respondía a dos elementos: La necesidad de mantener el control social y evitar la desestabilización política y que en el contexto de la Guerra Fría, el terrorismo se asociaba con el comunismo y con movimientos insurgentes que eran percibidos como una amenaza para la democracia y el libre mercado, valores fundamentales para los ideólogos de la dictadura que suponían que dichos movimientos utilizarían el terror para instalar el Comunismo. Además, la política de "tolerancia cero" ante la subversión tenía un objetivo de disuadir cualquier tipo de oposición organizada al régimen, fuera realmente terrorismo o simplemente disidencia política.
El castigo al terrorismo está consagrado, en la Constitución en su Articulo 9°, siendo uno de los Artículos que permanecen prácticamente intactos desde 1989, el Articulo 9° compartía similitud con el Articulo 8° original, ambos estaban basados en la idea de Democracia militante
Poco antes del fin de la dictadura, el régimen de Pinochet realizó una modificación a la Ley Antiterrorista (Ley 18.314). Esta reforma tuvo un doble propósito: dejar una legislación represiva vigente para el nuevo gobierno democrático y evitar futuras modificaciones que suavizaran su aplicación.
Desde el retorno a la democracia en 1990, la Ley Antiterrorista en Chile (Ley 18.314) ha sido modificada varias veces para corregir sus aspectos más represivos y alinearla con estándares internacionales de derechos humanos. Algunas de las principales reformas incluyen:
a pesar de sus reformas, La Ley Antiterrorista ha generado críticas por su aplicación desproporcionada y discriminatoria contra el pueblo mapuche. Se ha acusado al Estado de criminalizar la protesta social mapuche, utilizando testigos anónimos y aumentando penas mediante esta ley, mientras que delitos similares cometidos por otros grupos se juzgan bajo el Código Penal, Se ha acusado al Estado de usar la Ley Antiterrorista para perseguir reivindicaciones territoriales, aplicándola en casos de ataques incendiarios a predios o camiones, sin que existan necesariamente pruebas de una intención terrorista, casos como la Operación Huracán revelaron montajes policiales, y organismos internacionales como la ONU y la CIDH han pedido reformar la ley para evitar su uso contra comunidades indígenas. Aunque en 2014 el gobierno prometió no aplicarla en estos casos.
Gabriel Boric Prometió la creación de una nueva ley con el concepto moderno de terrorismo, modernizar la persecución penal, mejora la definición del delito terrorista para facilitar la aplicación de la ley e incorpora técnicas especiales de investigación y medidas de protección, además de ser una ley "creada en democracia" y bajo estándares de derechos humanos.
La Constitución de 1980 impide que la Ley Antiterrorista este tipificada en el código penal o en cualquier otro cuerpo legal que no sea una ley de mayoría de ambas cámaras, también impide su ausencia, por consiguiente la ley original fue sustituida por una nueva.