El vocablo «insurgencia» designa a un cierto tipo de rebelión, alzamiento o levantamiento; a quienes participan en estas se les denomina insurgentes. Suelen ser manifestaciones violentas de rechazo a la autoridad y el grado de enfrentamiento puede variar desde la desobediencia civil hasta la resistencia armada y las revoluciones que pretenden deponer a la autoridad establecida.
Las diversas definiciones coinciden en que la insurgencia está protagonizada por un actor o un conjunto de actores que se enfrentan de manera organizada y prolongada en el tiempo a la autoridad política establecida (sea nacional o extranjera), mediante una estrategia efectiva de movilización social y con un empleo sustantivo de la fuerza.[1]
En México, se denominan «insurgentes» a los miembros del ejército mexicano de la época de la Independencia, con fuerzas que se formaron con base a la incorporación de voluntarios; sin embargo, el germen del ejército fueron los 8 sirvientes de Miguel Hidalgo y Costilla, 70 presos liberados y unos centenares de campesinos, empleados y artesanos. Sin una estructura definida, el ejército insurgente que estaban creando creció con rapidez; en San Miguel el Grande, eran 5000; en Guanajuato, 80 000, y si bien llegaron a tener mayor cantidad de armas de fuego que el ejército realista, eran piezas mal fundidas y peor servidas.
La denominación Insurgentes se ha dado:
Se aplica el derecho de insurgencia según el artículo 46 de la constitución de 1993 en un determinado caso:[2]
Gobierno usurpador. Derecho de insurgencia. Nadie debe obediencia a un gobierno usurpador ni a quienes asumen funciones públicas en violación de la Constitución y de las leyes. La población civil tiene el derecho de insurgencia en defensa del orden constitucional. Son nulos los actos de quienes usurpan funciones públicas.