In loco parentis es una locución latina utilizada en Derecho que se podría traducir al castellano como "en lugar de alguno de los progenitores".[1][2]
Originaria del derecho anglosajón tiene dos significados. El primer se refiere a la toma de algunas responsabilidades legales que corresponden a los padres por una persona u organización. La corte estadounidense aplicó primeramente la doctrina de In loco parentis a las instituciones educativas.
El segundo significado es la doctrina donde se le otorga a un padre no biológico los derechos y responsabilidades legales de un padre biológico.