Consejo Nacional del Ambiente

Summary

El Consejo Nacional del Ambiente (CONAM) fue el órgano rector de la política ambiental en el Perú. Se creó el 22 de diciembre de 1994 mediante la Ley N.º 26410, durante el gobierno del presidente Alberto Fujimori.[1][2]​ En el año 2008, durante el segundo gobierno del presidente Alan García, el CONAM se fusionó con el recientemente creado Ministerio del Ambiente, en virtud del Decreto Legislativo N.º 1013. En este proceso, el Ministerio del Ambiente se convirtió en el nuevo ente rector de la política ambiental en el país.[3]

Consejo Nacional del Ambiente
Localización
País Perú
Información general
Sigla CONAM
Tipo organismo público
Sede Calle San Borja Norte 226 en el distrito de San Borja, Lima
Organización
Depende de Presidencia del Consejo de Ministros
Entidad superior Presidente del Consejo de Ministros
Historia
Fundación 22 de diciembre de 1994 (30 años)
Sucesión
Consejo Nacional del Ambiente Ministerio del Ambiente

Objetivos

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El CONAM tuvo como principal objetivo promover la protección y el cuidado del medio ambiente natural, a fin de contribuir al desarrollo integral de la persona humana y garantizar una adecuada calidad de vida. Asimismo, buscó fomentar una relación equilibrada entre el crecimiento económico, el uso sostenible de los recursos naturales y la preservación del medio ambiente.[2]

Composición

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El CONAM estuvo conformado por un Consejo Directivo, una Secretaría Ejecutiva y una Comisión Consultiva. El Consejo Directivo era la máxima autoridad del organismo y estaba integrado por siete miembros: tres representantes del Gobierno Central, un representante de los Gobiernos Regionales, uno de los Gobiernos Locales, uno de los sectores económicos primarios y uno de los sectores económicos secundarios. El presidente del Consejo Directivo ejerció la representación legal del CONAM.[2]

Legislaciones complementarias

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De acuerdo con la Ley N.º 28611, el CONAM fue reconocido como la Autoridad Ambiental Nacional y la entidad rectora del Sistema Nacional de Gestión Ambiental. Como autoridad nacional en materia ambiental, el CONAM tuvo competencias de coordinación, normativas, de fiscalización y sanción. Estas facultades le permitieron abordar vacíos legales, corregir superposiciones y subsanar deficiencias en el ejercicio de funciones ambientales a nivel nacional, sectorial, regional y local.[4]

Véase también

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Referencias

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  1. Lanegra (2015): 21.
  2. a b c Plataforma Digital Única del Estado Peruano (22 de diciembre de 1994). «Ley N° 26410». Consultado el 19 de septiembre de 2025. 
  3. Diario Oficial El Peruano (14 de mayo de 2008). «DECRETO LEGISLATIVO Nº 1013». Consultado el 19 de septiembre de 2005. 
  4. Diario Oficial El Peruano (15 de octubre de 2005). «Ley N° 28611». Consultado el 19 de septiembre de 2025. 

Bibliografía

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  • Quispe, Iván Lanegra (23 de agosto de 2015). «Cambios y continuidades en la institucionalidad ambiental peruana. A 20 años de la creación del consejo nacional del ambiente». Revista de Derecho Administrativo (15): 21-27. ISSN 2074-0956. 
  •   Datos: Q115475753