El condado de Sierrabella es un título nobiliario español, creado por el rey Carlos II en 28 de enero de 1695 a favor de Diego Cristóbal Mesía y León Garavito, presidente de la Real Audiencia de la Plata y oidor de la Real Audiencia de Lima.[1]
Condado de Sierrabella | ||
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Primer titular | Diego Cristóbal Mesía y León Garavito | |
Concesión |
Carlos II 1695 | |
Estado actual | Vacante | |
Último titular | Juan Rodríguez de Santiago-Concha y Fabra | |
El condado se consiguió por iniciativa y con financiamiento por parte del consuegro del primer titular, el chileno de origen portugués Pedro Ramos de Torres Miranda y Saa, tesorero de la Santa Cruzada y fundador del primer mayorazgo en Chile. Su hija María había casado con Diego Cristóbal Mesía y Valenzuela, caballero de la Orden de Santiago, hijo del abogado y funcionario Diego Cristóbal Mesía y León Garavito, presidente de la Real Audiencia de Charcas y descendiente de la Casa de Mexía. El presidente Mesía y León Garavito fue agraciado con el título creado el 28 de enero de 1695. Heredado por sus descendientes hasta la independencia del Perú, en 1913 el rey Alfonso XIII rehabilitó el título a favor de María de la Trinidad de Santiago-Concha y Tineo, que se convirtió en la séptima condesa.
El título hace referencia a la hacienda San José de la Sierra o Sierra Bella, que fue propiedad del consuegro del primer conde y financiador del título, Pedro Ramos de Torres Miranda, ubicada al oriente de Santiago, capital del Reino de Chile. Actualmente, la antigua casa colonial es sede del Campus Casona de la Universidad Andrés Bello, ubicada dentro del barrio Las Condes, que debe su nombre a este título.
En 1822, el Protectorado del Perú declaró caduco el condado de Sierrabella, al no haber concurrido su titular a la revalidación ante el nuevo Estado peruano. Poco después, con la nacimiento de la república, se abolirían definitivamente los títulos nobiliarios. Tras la muerte de la sexta condesa el 5 de septiembre de 1852, el título quedó vacante según el fuero español.
Al ser un título vacante, quedará caducado en 2026 (cinco años después de la renuncia del último titular), pudiendo en ese caso ser rehabilitado hasta 2066.