La Autoridad Nacional del Servicio Civil (abreviada como Servir) es una entidad autónoma peruana, adscrita a la Presidencia del Consejo de Ministros. Está previsto a ser el mayor organismo de recursos humanos en el sector público del país, rigiéndose mediante el principio de la meritocracia.[1]
Autoridad Nacional del Servicio Civil | ||||
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Servir | ||||
Información de publicación | ||||
Creador | Alan García Pérez | |||
Acrónimo | SERVIR | |||
Tipo | Ente autónomo | |||
Sede central | Pasaje Francisco de Zela 150 Jesús María - Lima | |||
Presidente | Abog. Guillermo Steve Valdivieso Payva | |||
Dependiente de | Presidencia del Consejo de Ministros del Perú | |||
Sitio web | https://www.gob.pe/servir | |||
Cronología | ||||
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Se creó en 2008, a partir de una propuesta de 2004 de unificar el sistema laboral del Estado, bajo la Ley Marco del Empleo Público.[2][3] Esta reemplazó al entonces Tribunal del Empleo y el Consejo Superior del Empleo Público.[4]
El jefe o Presidente Ejecutivo es elegido por un puesto de confianza según una terna propuesta por el Poder Ejecutivo o por el Presidente del Consejo de Ministros, que debe contar con ciertos requisitos y experiencia para el cargo, la designación es ratificado por el PCM. Entre sus funciones, está cumplir la contratación y supervisión de funcionarios públicos en la administración pública, tanto en el gobierno nacional como el local,[1][5][6] incluido los concursos para los cargos públicos del Congreso de la República y el régimen de la actividad particular a las autoridades. Estos cargos se deben ingresar mediante un concurso público de méritos (con acceso libre, público, meritocrático e imparcial), que sea evaluado imparcialmente por la Autoridad del Servicio Civil y la institución pública que otorgue la convocatoria[7] Este se rige al régimen CAS, siglas del contrato administrativo de servicios.[1] Se trabaja bajo la Ley del Servicio Civil, aprobado durante el gobierno de Ollanta Humala, que establece el Cuadro de Puestos en la Entidad (CPE), la unificación del empleo público a la Ley Servir, la ampliación de acceso al empleo estatal mediante concursos públicos, la limitación de los puestos de confianza y la edad biológica máxima de 70 años para laborar, excepto si se trata de un órgano colegiado.[8]
En ella, también se establece los requisitos de los funcionarios en territorio nacional y la inhabilitación para aquellos que cometieron alguna infracción grave, a través del Registro Nacional de Sanciones contra Servidores Civiles.[9] Destaca en sus actividades, la iniciativa contra el hostigamiento laboral,[10] y la lucha contra la corrupción.[11] Además que limita el personal de confianza para determinadas instituciones hasta un 5%, con la posibilidad de extenderse al 20% en determinados casos. [12]