Acto de comercio

Summary

Un acto de comercio es un concepto jurídico que delimita el ámbito de aplicación del derecho mercantil frente al derecho civil, entendido este último como derecho común. La finalidad de esta clasificación es distinguir entre los negocios jurídicos, contratos y obligaciones que deben regirse por el estatuto mercantil y aquellos que se someten al régimen civil.[1]

En este sistema, los actos que no tienen carácter mercantil se rigen por el derecho civil de forma supletoria. Sin embargo, algunos ordenamientos prevén la figura del “acto mixto” o de “doble carácter”, que ocurre cuando un mismo acto se considera mercantil para una de las partes y civil para la otra.

La definición y enumeración de actos de comercio varía según cada legislación:

  • En el derecho español, el Código de Comercio de 1885 establece una lista de actos considerados mercantiles, como la compraventa con finalidad de reventa, las operaciones de cambio y banca, las sociedades mercantiles o los contratos relativos al comercio marítimo.[2]
  • En otros sistemas de tradición continental, como México o Argentina, la legislación mercantil también ofrece enumeraciones específicas de actos de comercio, si bien con diferencias en el alcance y la interpretación judicial.

Con la evolución de los mercados y el desarrollo del derecho societario y financiero, la noción clásica de acto de comercio ha sido objeto de debate doctrinal, y en algunos países su relevancia se ha visto sustituida por conceptos más amplios como la “actividad empresarial” o la “actividad económica organizada”.[3]

Por otro lado, es necesario tener presente que existen actualmente ordenamientos que poseen un tratamiento unitario de los actos, obligaciones y contratos, como por ejemplo el del Código Civil de Suiza y el de Italia, que incluyen la regulación de las sociedades de capital y los títulos de crédito en la legislación común, estableciendo un estatuto diferenciado únicamente para los comerciantes o empresarios.

Definición

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En Derecho, el acto de comercio se refiere a una categoría específica de transacciones jurídicas cuyo objetivo es la realización de actividades comerciales. Se define como cualquier operación o contrato en el que al menos una de las partes participe en el ejercicio de una actividad comercial.

El acto de comercio puede abarcar una amplia gama de actividades, como la compraventa de bienes, la prestación de servicios, la distribución de productos, la negociación de contratos, entre otros. Estos actos se distinguen por su naturaleza mercantil y por estar destinados a la obtención de beneficios económicos.

La determinación de si un acto en particular constituye un acto de comercio puede depender de las leyes y regulaciones específicas de cada país, ya que los sistemas legales pueden tener definiciones y criterios ligeramente diferentes. En general, se considera que un acto de comercio implica la participación de comerciantes o empresas y está sujeto a las disposiciones del derecho comercial.

Importancia

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La distinción entre los actos de comercio y aquellos que no poseen dicho carácter puede resultar relevante por los siguientes motivos:

  • La normativa
  • Los medios de prueba, puesto que las exigencias para acreditar actos o negocios jurídicos pueden variar en función de su carácter.
  • La determinación de la profesión o actividad, pues sirve para establecer la calidad de comerciante.
  • La capacidad
  • La aplicación de la costumbre, que en ciertos países se admite como fuente del Derecho en materia mercantil.
  • La aplicación de tributos por la celebración de dichos actos.
  • La competencia judicial, tribunal competente y, en su caso, el procedimiento correspondiente.

Regulaciones por país

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Argentina

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En Argentina, el Código de Comercio no da una definición de acto de comercio, sino que se limita a enumerar una serie de actos que deben considerarse comerciales. Estos mismos se encuentran dentro del artículo 8 del código derogado[4]

Chile

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En Chile, el Código de Comercio en su artículo 1 expresa que «[...] rige las obligaciones de los comerciantes que se refieran a operaciones mercantiles, las que contraigan personas no comerciantes para asegurar el cumplimiento de obligaciones comerciales, y las que resulten de contratos exclusivamente mercantiles». A su vez, en el artículo 3 señala una enumeración de los actos de comercio, disponiendo que «Son actos de comercio, ya de parte de ambos contratantes, ya de parte de uno de ellos: [...]». Esta última norma da reconocimiento a los «actos de doble carácter» o «mixtos».

Existe cierta doctrina que, basándose en el artículo 1, argumenta que en Chile rige un derecho comercial subjetivo.[cita requerida] Sin embargo, en la opinión del profesor Ricardo Sandoval, este es objetivo, ya que posteriormente el artículo 8 establece que «No es comerciante el que ejecuta accidentalmente un acto de comercio; pero queda sujeto a las leyes de comercio en cuanto a los efectos del acto».[5]

Colombia

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Los actos de comercio están dispuestos en el artículo 20 del Código de Comercio, y son estos tipos de acciones o actos los que determinan en últimas si un negocio jurídico es civil o mercantil y no la calidad de la persona. Esto se traduce en que no importa quién intervenga en el acto jurídico; lo que va a determinar si un acto es comercial o no, es que este se encuentre regulado en este artículo.

De acuerdo a la norma en comento podemos decir que están reguladas las relaciones que tienden a generar lucro a una o a varias de las partes, como son las acciones de comprar para vender, arrendar para subarrendar, el mutuo a interés, el contrato de seguro, etc. La doctrina autorizada asegura que este listado no es taxativo.

España

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En España, el artículo 2 del Código de Comercio se decanta por una definición objetiva. A tal efecto, la ley establece que «Los actos de comercio, sean o no comerciantes los ejecutantes, y estén o no especificados en este Código, se regirán por las disposiciones contenidas en él [...]».

Sin embargo, muchos de los artículos específicos del Código se refieren a distinciones subjetivas. Por ejemplo, el artículo 311 establece que es mercantil el préstamo siempre que uno de los contratantes sea comerciante.

República Dominicana

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El código de comercio Dominicano enumera los actos que la ley reputa de comercio en los artículos 632 y 633, el cual nos expresa que "La ley reputa actos de comercio: toda compra de género y mercancías para revenderlos, sea en naturaleza, sea después de haberlos trabajado y puesto en obra, o aun para alquilar simplemente su uso: toda empresa de manufacturas, de comisión, de transporte por tierra, o por agua, toda empresa de suministros, y agencias, oficinas de negocios de establecimientos de ventas a remate, de espectáculos públicos, toda operación de cambio, banca y corretaje; todas las operaciones de las bancas públicas; todas las obligaciones entre negociantes y banqueros; entre todas las personas, las letras de cambio o remesas de dinero hechas de plaza a plaza".

México

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En el Código de Comercio mexicano no da una definición de los actos de comercio, sino que enumera en su artículo 75 los 25 actos de comercio que la ley reputa:

"I.- Todas las adquisiciones, enajenaciones y alquileres verificados con propósito de especulación comercial, de mantenimientos, artículos, muebles o mercaderías, sea en estado natural, sea después de trabajados o labrados;

II.- Las compras y ventas de bienes inmuebles, cuando se hagan con dicho propósito de especulación comercial;

III.- Las compras y ventas de porciones, acciones y obligaciones de las sociedades mercantiles;

IV.- Los contratos relativos y obligaciones del Estado ú otros títulos de crédito corrientes en el comercio;

V.- Las empresas de abastecimientos y suministros;

VI.- Las empresas de construcciones, y trabajos públicos y privados;

VII.- Las empresas de fábricas y manufacturas;

VIII.- Las empresas de trasportes de personas o cosas, por tierra o por agua; y las empresas de turismo.

IX.- Las librerías, y las empresas editoriales y tipográficas;

X. Las empresas de comisiones, de agencias, de oficinas de negocios comerciales, casas de empeño y establecimientos de ventas en pública almoneda;

XI.- Las empresas de espectáculos públicos;

XII.- Las operaciones de comisión mercantil;

XIII.- Las operaciones de mediación de negocios mercantiles;

XIV.- Las operaciones de bancos;

XV.- Todos los contratos relativos al comercio marítimo y a la navegación interior y exterior;

XVI.- Los contratos de seguros de toda especie

XVII.- Los depósitos por causa de comercio;

XVIII.- Los depósitos en los almacenes generales y todas las operaciones hechas sobre los certificados de depósito y bonos de prenda librados por los mismos;

XIX.- Los cheques, letras de cambio o remesas de dinero de una plaza a otra, entre toda clase de personas;

XX.- Los vales u otros títulos a la orden o al portador, y las obligaciones de los comerciantes, a no ser que se pruebe que se derivan de una causa extraña al comercio;

XXI.- Las obligaciones entre comerciantes y banqueros, si no son de naturaleza esencialmente civil;

XXII.- Los contratos y obligaciones de los empleados de los comerciantes en lo que concierne al comercio del negociante que los tiene a su servicio;

XXIII.- La enajenación que el propietario o el cultivador hagan de los productos de su finca o de su cultivo;

XXIV. Las operaciones contenidas en la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito;

XXV.- Cualesquiera otros actos de naturaleza análoga a los expresados en este código.

Mientras que en el artículo 76 del mismo ordenamiento jurídico, define aquellos actos de adquisición de bienes que no son de comercio: "No son actos de comercio la compra de artículos o mercaderías que para su uso, consumo, o los de su familia, hagan los comerciantes: ni las reventas hechas por obreros, cuando ellas fueren consecuencia natural de la práctica de su oficio."

Resumen sencillo

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Un acto de comercio es una operación o contrato relacionado con la actividad comercial o empresarial. Se diferencia de los actos civiles (los que regulan la vida cotidiana y familiar) porque los actos de comercio están ligados al mundo de los negocios y tienen reglas propias.

¿Qué es un acto de comercio?

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Es cualquier transacción en la que al menos una de las partes actúa como comerciante o empresa. Ejemplos:

  • Comprar y vender productos.
  • Prestar servicios con fines comerciales.
  • Distribuir mercancías.
  • Firmar contratos relacionados con negocios.

Su objetivo principal es la obtención de beneficios económicos.

Importancia de la distinción

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La diferencia entre actos civiles y actos de comercio es relevante porque:

  1. Tienen leyes distintas (Derecho civil vs. Derecho mercantil).
  2. Se prueban con requisitos diferentes en tribunales.
  3. Sirven para definir si alguien es comerciante o no.
  4. Afectan la capacidad legal de las partes.
  5. En algunos países, la costumbre mercantil puede aplicarse como norma.
  6. Generan tributos o impuestos especiales.
  7. Determinan la competencia judicial (qué tribunal conoce el caso).

Nota final

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En algunos países existe una regulación única, que no separa los actos civiles de los comerciales. En otros, un mismo acto puede ser considerado civil para una persona y comercial para otra: a eso se le llama acto mixto.

Referencias

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  1. Uría, Rodrigo (2013). Derecho Mercantil (28ª edición). Civitas. ISBN 978-84-470-4703-9 |isbn= incorrecto (ayuda). 
  2. Broseta Pont, Manuel (2015). Manual de Derecho Mercantil. Tirant lo Blanch. ISBN 978-84-9086-825-6. 
  3. Fernández de la Gándara, Luis (2019). Derecho Mercantil: Concepto, Actos y Empresario. Tirant lo Blanch. ISBN 84-1313-459-5. 
  4. Código de Comercio de la República Argentina#Actos de comercio
  5. Sandoval, Ricardo (2007). Derecho Comercial. I 1. p. 36. 
  •   Datos: Q320276